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Presenta tu Reporte Anual de Operaciones de Comercio Exterior a tiempo

Decreto IMMEX Artículo 25.

IMMEX / Luis Cazares-EL FINANCIERO

marzo 29, 2023 | 9:49 am hrs



Se acerca el mes de abril, un mes de suma importancia en el rubro de cumplimiento de comercio exterior, ya que todas las empresas con un Programa IMMEX autorizado por la Secretaría de Economía, deben reportar que estén cumpliendo con el requisito de exportaciones, como lo establece el Decreto IMMEX.


El Capítulo VIII de las Obligaciones de las empresas con programa, en el artículo 24 fracción I; menciona que las personas morales están obligadas a realizar anualmente ventas al extranjero por un valor superior a 500,000 dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en moneda nacional o bien, facturar exportaciones al menos el 10% de su facturación anual.


Ahora bien, ustedes se preguntan por qué menciono el mes de abril, como el mes para dar cumplimiento. Si el Decreto IMMEX menciona que debe ser el último día del mes de mayo, la respuesta es, la Secretaría de Economía hace mención del mes de mayo únicamente para las empresas que cuenten con programa IMMEX, sin embargo, si cuentan también con un Programa de Promoción Sectorial o PROSEC, el cumplimiento y la terminación de esta obligación de ambos reportes debe ser en el mes de abril.


En cuanto al cumplimiento en específico, tal vez sea una tarea sencilla de lograr para las empresas maquiladoras referente a llegar a este número de exportaciones anuales. Sin embargo, lo que podemos resaltar es que la omisión de este cumplimiento de información es la consecuencia que conlleva a que, en caso de NO cumplir, implica una suspensión a tu programa, por lo que inhabilita realizar importaciones temporales, al no subsanarlo en una fecha inmediata, o incluso una posible cancelación al programa, al no cumplir a más tardar en el último día hábil del mes de agosto como última oportunidad, basado en el Decreto IMMEX Artículo 25.


Esta implicación puede ser de gran impacto para las empresas, operacional, administrativo e inclusive financieramente hablando de flujo de efectivo. Por lo tanto, las áreas de comercio exterior deben aprovechar la oportunidad para analizar y evaluar algunos de los siguientes puntos primordiales.


1.- ¿De qué manera se está cumpliendo?, revisar y validar los porcentajes de materias primas importadas vs. exportadas.

2. ¿Cuáles son los principales productos y/o clasificaciones arancelarias que se están exportando?, si hay alguno de estos productos o materias primas que no tienen movimiento, se desechan o se dan de baja.

3. Sobre todo se debe tomar ventaja de esta actividad para involucrar a las principales áreas de la empresa, finanzas, logística o materiales, cadena de suministro, para informar el estado actual de cumplimiento IMMEX, identificar mejoras o recomendaciones en los procesos, así como el de las áreas involucradas la cuales van de la mano de este cumplimiento.

4. Generar un análisis del posible riesgo, en vías de contar con un plan adecuado de cumplimiento de todos los Requisitos citados en el Decreto IMMEX y no solamente de este análisis.

5. Definir un plan de Acción y seguimiento con las áreas involucradas, de manera que se tenga un mantenimiento regular de este y todos los rubros del cumplimiento.


Estas recomendaciones pueden ser tomadas en cuenta y desarrollarlas o configurarlas con base a las necesidades o especificaciones de la operación de cada empresa. Además de usar a su consultor de cabecera para que les puedan dar opiniones de mejoras desde una perspectiva externa para que encuentren objetividad en su cumplimiento y sobre todo el objetivo principal buscar estar blindados con su Programa IMMEX.


El autor es miembro del Comité de Comercio Exterior de Index Nuevo León.



El anterior artículo es propiedad del periódico El Financiero on line su contenido no ha sido modificado.

Flores Garibay ha cambiado el formato para que este a tu alcance.

Por lo anterior no se hace responsable por el contenido y aclara que las opiniones vertidas por los especialistas no necesariamente reflejan el criterio de nuestra firma.


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